Artículo 3 de la Resolución 000167 de 30 de diciembre de 2021:
Los sujetos obligados a generar de manera electrónica y trasmitir para validación el documento soporte, son los adquirentes que sean facturadores electrónicos, contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y los responsables del impuesto sobre las ventas – IVA, que realizan operaciones de compra de bienes o prestación de servicios con sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente y requieren soportar los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios e impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas IVA.
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